El constante crecimiento de la
población se ha vuelto un obstáculo para cumplir todo lo que el
artículo 123 de nuestra constitución exige; en cuanto a salarios,
condiciones laborales, servicios médicos y educativos para los
empleados y sus familias.
Aquí es donde se habla de
competitividad. Si un patrón comienza con poco capital o no tiene el
suficiente capital para garantizar plenamente las condiciones
laborales mínimas, no podrá hacer crecer su empresa, esta
desaparecería o en el peor de los casos jamás sería creada.
Sin embargo, la creencia de que reducir
los salarios y las condiciones laborales será no sólo un incentivo
para que una persona comience con una empresa, sino que además
ayudará para su crecimiento, no es completamente errónea. El
problema es que aún después de que dicha empresa logre su
crecimiento y desarrollo, mantenga las mismas condiciones reducidas
para sus trabajadores y que esto sea legal.
El otro problema es que las empresas
que ya cuentan con la capacidad económica para otorgar todos los
beneficios a sus trabajadores, podrán reducirlos de igual forma al
realizar nuevas contrataciones. Esto significa que la empresa tendrá
menos responsabilidades y más ganancias. Suponiendo que esta reforma
laboral esté diseñada para impulsar a las empresas mexicanas,
beneficiará de igual modo a los inversionistas extranjeros.
El modelo de outsourcing funciona más
o menos del siguiente modo:
- Yo tengo una empresa (nacional o extranjera)
- Necesito empleados, pero buscarlos requiere intrínsecamente contar con personal, tiempo para la selección y elaborar contratos.
- Es necesario también estar al pendiente del pago de su nómina, mantener el contacto con las intituciones de seguridad social y de vivienda en caso de que cuenten con esas prestaciones, el pago de impuestos etc.
- Pero, para evitar involucrarme con todo esto, contrato los servicios de una empresa que se dedica específicamente a llevar a cabo todos esos procesos. Así yo puedo dedicarme completamente a manejar operativamente mi empresa mientras ellos me proporcionan al personal.
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En la práctica, cualquier empleado que
cumpla con las tareas que yo le indique, en mis instalaciones y bajo
mi dirección. No es mi empleado, es empleado de la empresa que me
los proporciona. Si en algún momento surge un problema jurídico, yo
no soy responsable del mismo porque no son mis empleados.
Esto complica tremendamente los
conflictos jurídicos, porque las pocas instancias que están
dedicadas a la protección del trabajador como son la PROFEDET, no
tienen la capacidad ni un sistema que logre registrar claramente la
estructura del problema.
Basta con asistir a buscar asesoría
legal y las primeras preguntas que uno debe responderles son:
- ¿Para qué empresa labora?
- ¿A qué se dedica esta empresa?
- ¿Quién es su jefe inmediato?
- ¿Cuáles son o eran sus funciones
dentro de esa empresa?
- ¿En qué dirección está ubicado su
lugar de trabajo?
El orden de las respuestas se rompe en
el instante en que las primeras dos respuestas comienzan a perder
concordancia con las tres últimas.
Laboro para una empresa X que hace
maquila de nómina
Mi jefe inmediato es.. a quien
reconozco como jefe inmediato en la empresa que nos subcontrató
Y mis funciones laborales son las de
otra empresa que no es la empresa que vengo a demandar
El sistema de la PROFEDET sólo puede
registrar un problema cuando empresa y trabajador están relacionados
directamente sin la intervención de un tercero. Mientras que uno
trata de explicar esto, la persona que nos atiende quiere los datos
que solicitó. Y muchas veces ni siquiera se informa completamente al
empleado que labora bajo el esquema de subcontratación, mucho menos
conoce el domicilio de la empresa que le paga o los nombres de sus
jefes inmediatos. Así que en una primera visita a la PROFEDET, uno
no logra pasar de la ventanilla de registro y mucho menos acceder a
una asesoría. Amén de que en algunos casos ellos se deslindan
porque ciertos problemas no les competen y lo envían a uno con la
Procuraduría de la Defensa del Trabajo que no es lo mismo que la
federal, sólo para que lo remitan una vez más a la primera que
visitó.
Una persona con muchas
responsabilidades, rara vez podría acudir en los horarios de
atención porque coinciden con los que ellos deben cumplir en su
empleo. No siempre tendría el dinero para ir y regresar de una
instancia a otra. No tendría dinero para mantener un litigio que
suele durar meses, sin la garantía de que pueda obtener justicia y
al final la opción más sensata es la resignación que nos deja a
merced de la intimidación laboral por falta de información al
respecto.
Mi primera pregunta es ¿Dónde queda
el beneficio para el empleado si se aprueba el modelo de
subcontratación? Esto sólo aumentaría la percepción de la
impunidad de lo que pueden hacer los empresarios sin tener
consecuencias directas ni pérdidas económicas.
La segunda pregunta sería ¿Son estos
los empleos que se quieren impulsar? Empleos que mantienen al día a
sus empleados, sin darles la posibilidad de ahorrar o pagar
efectivamente un crédito que no los sobrepase eventualmente
quitándoles todo por lo que han trabajado y que les niega la
expectativa de un retiro digno al cumplir la mayoría de edad (si es
que llegan, en ausencia de un servicio médico decente).
La última pregunta es la siguiente
¿Habrán tomado en cuenta el anterior secretario del trabajo Javier
Lozano Alarcón y Felipe Calderón al factor humano al realizar su
iniciativa de reforma laboral? Porque cuando el pretexto es alcanzar
la modernidad sin tomar en cuenta los medios que se utilicen, al
final sólo pasaremos de largo hasta la posmodernidad.
Pomarańcza
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